lunes, 16 de junio de 2014

Centroamérica

Antonio Iñesta. Blog Web2.0 y Salud http://fecoainesta.blogspot.com.es/
Después de describir los países del Caribe No Latino (no incluidos en “Webs y buscadores en Ciencias de la Salud”), lo lógico es que describiera los países del Caribe Latino, que sí están descritos aunque podría ponerlos al día, pero República Dominicana ya la puse al día en mayo de 2013 (ver Dar más pensamiento a República Dominicana), Cuba “vino el comandante y mandó parar”, y Haití no sabe/no contesta. Por esto he decidido pasar a Centroamérica que debo profundizar.
Ya escribí en mayo de 2013, sobre el “Consumo de Genéricos en América Latina: Centroamérica”, no hablaré sobre consumo de genéricos porque no he conseguido mejores datos que los ya expuestos.
Centroamérica está compuesta por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, y Panamá. Belice aunque pertenece a esta región, lo he incluido en Caribe No Latino.
En todos los países de la región existe legislación de patentes según el acuerdo ADPIC, (protección a los productos patentados por 20 años). Pero los países de Centroamérica, como resultado de los Tratados de Libre Comercio (CAFTA) con los EEUU, han aumentado el plazo de protección de las patentes por encima de los 20 años consagrados por el Acuerdo ADPIC. Puede decirse que el CAFTA contiene el estándar más elevado de protección en la región.
Estos tratados establecieron la exclusividad de la comercialización de productos farmacéuticos a través de la protección de los datos de prueba y vincularon la protección de patentes con la fecha de registro sanitario de productos (link-age), obstaculizando la entrada de medicamentos genéricos en el mercado.
Como resultado, el patentamiento de productos farmacéuticos, y la exclusividad que ello otorga al titular de una patente para producir y comercializar sus productos, han generado monopolios que han resultado en el aumento exorbitante del precio de los medicamentos esenciales para el tratamiento de enfermedades como el VIH-SIDA.
Las disposiciones del ADPIC que permiten las licencias obligatorias y las importaciones paralelas de medicamentos patentados, no han sido modificadas en lo sustantivo por los Tratados de Libre Comercio (TLC) y siguen vigentes.
- ADPIC(TRIPS)/OMC (Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual Vinculados con el Comercio (Trips siglas en inglés) / OMC (Organización Mundial del Comercio)).
- CAFTA (Central America Free Trade Agrement)

Centroamérica, entrada de Genéricos en el mercado.
 
 
 
Entrada de genéricos
Patente
Inscripción en registros sanitarios (comercialización)
Vencimiento de patente
Vencimiento protección datos de prueba
Año 0
Año 10
Año 20
Año 25
La competencia de los genéricos se produce vencida la patente y la protección de datos de prueba, unos 25 años después de inscribir la patente y unos 15 años después de la licencia de comercialización (Inscripción en registros sanitarios).

Unión Europea, entrada de Genéricos en el mercado.
 
 
 
Entrada de genéricos
Patente
Inscripción en registros sanitarios (comercialización)
Exclusividad de datos
Exclusividad mercado
Año 0
Año 10
Año 18
Año 20 (+1 año si nueva indicación de 11-18 años)
La competencia de los genéricos se produce vencida la Exclusividad de datos y de mercado, unos 20 años después de inscribir la patente y unos 10 años después de la licencia de comercialización (Inscripción en registros sanitarios).

Todos los países cuentan con una institución de Seguridad Social que tienen un cuadro básico o una lista de medicamentos que deben ser prescritos por su Denominación Común Internacional o nombre genérico. Lo mismo ocurre, en general, en las instituciones y hospitales públicos. En lo privado es optativa o acompaña la denominación comercial y para los medicamentos que no tienen genérico se prescribe por marca.

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