Después
de describir los países del Caribe No Latino (no incluidos en “Webs y buscadores en Ciencias de la Salud”), lo lógico es que describiera los países del Caribe
Latino, que sí están descritos aunque podría ponerlos al día, pero República
Dominicana ya la puse al día en mayo de 2013 (ver Dar más
pensamiento a República Dominicana), Cuba “vino el comandante y
mandó parar”, y Haití no sabe/no contesta. Por esto he decidido pasar a
Centroamérica que debo profundizar.
Ya
escribí en mayo de 2013, sobre el
“Consumo de Genéricos en América Latina: Centroamérica”, no hablaré sobre
consumo de genéricos porque no he conseguido mejores datos que los ya
expuestos.
Centroamérica
está compuesta por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, y
Panamá. Belice aunque pertenece a esta región, lo he incluido en Caribe No Latino.
En
todos los países de la región existe legislación de patentes según el acuerdo
ADPIC,
(protección a los productos patentados por 20 años). Pero los países de Centroamérica, como resultado de los Tratados de Libre Comercio (CAFTA) con
los EEUU, han aumentado el plazo de protección de las
patentes por encima de los 20 años consagrados por el Acuerdo ADPIC. Puede decirse que el CAFTA contiene el estándar más
elevado de protección en la región.
Estos tratados
establecieron la exclusividad de la comercialización de productos farmacéuticos
a través de la protección de los datos de prueba y vincularon la protección de
patentes con la fecha de registro sanitario de productos (link-age),
obstaculizando la entrada de medicamentos genéricos en el mercado.
Como resultado,
el patentamiento de productos farmacéuticos, y la exclusividad que ello otorga
al titular de una patente para producir y comercializar sus productos, han
generado monopolios que han resultado en el aumento exorbitante del precio de
los medicamentos esenciales para el tratamiento de enfermedades como el
VIH-SIDA.
Las disposiciones del ADPIC que permiten las licencias
obligatorias y las importaciones paralelas de medicamentos patentados, no han
sido modificadas en lo sustantivo por los Tratados de Libre
Comercio (TLC) y siguen vigentes.
- ADPIC(TRIPS)/OMC (Acuerdo sobre
los Aspectos de Propiedad Intelectual Vinculados con el Comercio (Trips siglas
en inglés) / OMC (Organización Mundial del Comercio)).
- CAFTA (Central America Free Trade Agrement)
Centroamérica, entrada de
Genéricos en el mercado.
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Entrada de genéricos
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Patente
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Inscripción en registros
sanitarios (comercialización)
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Vencimiento de patente
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Vencimiento protección datos
de prueba
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Año 0
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Año 10
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Año 20
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Año 25
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Unión Europea, entrada de
Genéricos en el mercado.
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Entrada de genéricos
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Patente
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Inscripción en registros
sanitarios (comercialización)
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Exclusividad de datos
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Exclusividad mercado
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Año 0
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Año 10
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Año 18
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Año 20 (+1 año si nueva indicación de 11-18 años)
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Todos los países cuentan con
una institución de Seguridad Social que tienen un cuadro básico o una lista de
medicamentos que deben ser prescritos por su Denominación Común Internacional o
nombre genérico. Lo mismo ocurre, en general, en las instituciones y hospitales
públicos. En lo privado es optativa o acompaña la denominación comercial y para
los medicamentos que no tienen genérico se prescribe por marca.
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