Una de las principales modificaciones que ha traído el Real Decreto Ley 16/2012*, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, es la modificación de los copagos que hasta ahora habían llegado al nivel más bajo de su serie histórica, el 5,7% en 2010 sobre el Importe farmacéutico a PVP (no se sabe todavía el de 2011). Ese 5,7% sobre activos y pensionistas se convierte en un 21,7% sobre activos de Seguridad Social que son los que hasta ahora pagaban copago (inferior al 30% de MUFACE).
La modificación afecta solo a los activos y pensionistas de la Seguridad Social ; los pertenecientes a las mutualidades MUFACE, MUJEJU e ISFAS, siguen con su modelo de 30% de copagos por medicamentos para activos y pensionistas, café para todos.
Lo que antes era un copago inferior para activos Seg Social con relación a Mutualidades, ahora es al revés superior para activos Seg Social, 40% en su nivel inferior con un escalado hasta 60%.
Con relación a pensionistas, antes no había copago en Seg Social y un 30% en Mutualidades, ahora es inferior en Seg Social a pesar de que tienen un copago del 10% en dos niveles de renta y un 60% en rentas superiores y un sistema de límites máximos mensuales.
Activos Seg Social | Pensionistas Seg Social | Pensionistas Límite máximo mensual coste Medicamentos | Mutualidades Activos y Pensionistas | |
Rentas inferiores a obligación declaración renta |
40%
|
10%
máximo 8€ mes |
80€
|
30%
|
Rentas superiores a obligación declaración renta |
50%
|
10%
máximo 18€ mes |
180
|
30%
|
Rentas = o > a 100.000€ |
60%
|
60%
máximo 60€ mes |
100
|
30%
|
MED aportación reducida |
10%
|
10%
|
Nota: No se incluyen pensiones no contributivas y parados larga duración
Imaginemos un matrimonio con un niño con asma, los dos activos uno en Seg Social y otro en Mutualidades. En el cuadro siguiente se vería lo que pagaría mensualmente como copago dependiendo que estuviera en la cartilla de uno o de otro, una diferencia incremental de un 152% más en copago.
Precio
menor
|
Copago activo Seg Social 50%, declara renta, salvo apor red
|
Copago Mutualidad 30%
| |
Salbutamol 100mcg susp*
|
3,12 €
|
0,312
|
0,936
|
Singulair 4 mg 28 comp.*
|
42,98
|
4,298
|
12,894
|
Budesonida 50 mcg nebuliz 200 dosis (cada 3 meses)
|
4,06
|
0,68
(2,03/3meses)
|
0,229
(1,218/3)
|
Amoxicilina 250 mg/5 ml polvo susp (cada 3 meses)
|
2,29
|
0,38
(1,15/3meses)
|
0,229
(0,687/3)
|
Pagado por paciente
|
5,67 €
|
14,288
|
Si se trata de un matrimonio, ambos pensionistas, uno de Seg Social y otro de Mutualidades, tienen hipertensión arterial e hipercolesterolemia y suponemos misma medicación, hay una diferencia incremental de un 196,2% más en copago.
Precio menor
|
Copago Seg Social
Pens 10%, decl renta
|
Copago Mutualidad 30%
| |
Enalapril + Hidroclorotiacida
20/12,5 mg 28 comp
|
2,45 €
|
0,245
|
0,735
|
Simvastatina 20 mg 28 comp.
|
2,11
|
0,211
|
0,633
|
Acido acetilsalicilico 100 mg 30 comp
|
1,45
|
0,145
|
0,435
|
Calcio/Vitamina D3 30 sob
|
8,02
|
0,802
|
2,406
|
Pagado por paciente
|
1,403 €
|
4,209
|
Creo que es razonable exigir nos expliquen porqué se producen esas diferencias entre Seg Social y Mutualidades. Antes de este cambio también era exigible y no se ha producido y ahora mucho más por las restricciones existentes.
Este modelo de limites máximos mensuales a los copagos y devolución semestral va a obligar a digitar el numero de identificación del paciente que junto con el copago realizado incluido en la factura de la farmacia, permitirá a los servicios autonómicos de salud hacer esas devoluciones a los seis meses, si ha lugar.
Dudo que estas medidas supongan este ahorro de 3550 millones de euros que se asignan a correspondientes sobre prestación farmacéutica incluidas en el Real Decreto-Ley, y esta duda está fundada cuando no es accesible la memoria económica pormenorizada del Real Decreto-Ley.
Sed felices, la vida nos la van a hacer más corta y costosa.
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