El concepto de “medicamento biológico similar” se adoptó
en la legislación farmacéutica de la Unión europea (UE) en el año 2004 y entró
en vigor en 2005. El primer medicamento biosimilar (somatropina) fue aprobado por la Comisión Europea en 2006. La
legislación (Directiva 2001/83/EC (modificada, Directiva 2004/27/EC)) sentó las
bases jurídicas de la llamada “secuencia regulatoria para biosimilares”. En
ella (articulo 10(4)): se dispone que “Cuando un medicamento biológico que sea
similar a un producto biológico de referencia no cumpla las condiciones de la
definición de medicamentos genéricos, debido en particular a diferencias
relacionadas con las materias primas o diferencias en el proceso de fabricación
del medicamento biológico y del medicamento biológico de referencia, deberán
aportarse los resultados de los ensayos preclínicos o clínicos adecuados relativos a dichas condiciones”.
En 2012, la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), incluyó una definición del término
“biosimilar” en uno de sus documentos de directrices sobre procedimientos. Dice
lo siguiente: “Un medicamento biológico similar, conocido como ‘Biosimilar ’,
es un producto similar a un medicamento biológico que ya ha sido autorizado
llamado “medicamento de referencia”.
La EMA ha desarrollado directrices científicas, generales
o específicas por clase de producto, para los "medicamentos biológicos
similares" -también conocidos como biosimilares-
Directrices generales de biosimilares (Overarching biosimilar guidelines)
Guideline on Similar Biological Medicinal Products.
CHMP/437/04 Rev. 1. Esta revision de la directriz de 2004, se
publicó el 29/10/2014 y entró en vigor el 30 abril de 2015. (http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2014/10/WC500176768.pdf). Esta directriz describe y aborda la solicitud de un
biosimilar, la elección del producto de referencia y los principios para
establecer la biosimilaridad.
Dos
de las novedades que trajo consigo la nueva directriz fueron la posibilidad de
utilizar comparadores, en ensayos clínicos, no aprobados por la UE
(restringiendo el campo a Estados Unidos, Canadá, Australia, Japón y Noruega) y
la extrapolación de indicaciones.
En
cuanto a la extrapolación de indicaciones, una vez que se confirma la
biosimilaridad (alta similaridad en términos de estructura, actividad biológica
y eficacia, perfil de seguridad e inmunogenicidad) con el medicamento de
referencia, se asumen todas las características propias del segundo, entre
ellas las indicaciones que tiene.
Guideline on Similar biological medicinal
products containing biotechnology-derived proteins as active substance:
non-clinical and clinical issues. EMEA/CHMP/BMWP/42832/2005
Rev. 1. Esta revisión de la directriz de
2005, entró en vigor el 01 julio de 2015.
(http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2015/01/WC500180219.pdf).
Esta directriz se refiere a los principios generales para el desarrollo no
clínico y clínico y la evaluación de las solicitudes de autorización de
comercialización de biosimilares que contienen proteínas derivadas de
biotecnología como sustancia (s) activa (s)
Guideline on similar biological medicinal
products containing biotechnology-derived proteins as active substance: quality
issues. CHMP/BWP/247713/2012. Esta directriz entró en vigor el 01/12/2014.
(http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2014/06/WC500167838.pdf). Abarca los procesos de
fabricación, el ejercicio de comparabilidad para la calidad, teniendo en cuenta
la elección del producto de referencia, los métodos analíticos, la
caracterización fisicoquímica, la actividad biológica, la pureza y las
especificaciones del medicamento biológico similar.
Directrices específicas de producto para los biosimilares (Product-specific biosimilar guidelines):
Factor
estimulante de colonias de granulocitos recombinante;
Heparinas
de bajo peso molecular;
Insulina humana recombinante y análogos de la
insulina;
Interferon beta;
Anticuerpos monoclonales;
Eritropoyetinas
recombinantes;
Hormona
folículo estimulante;
Somatropina.
-Biosimilar medicinal products
containing recombinant
granulocyte-colony stimulating factor; EMEA/CHMP/BMWP/31329/2005. Efectivo desde 1/06/2006,
actualmente bajo revision.
-Non-clinical and clinical
development of similar biological medicinal products containing low-molecular-weight
heparins; EMEA/CHMP/BMWP/118264/2007 Rev. 1. Efectivo
desde 1/06/2017.
-Non-clinical
and clinical development of similar biological medicinal products containing recombinant human insulin
and insulin analogues; EMEA/CHMP/BMWP/32775/2005 Rev. 1. Efectivo desde 1/09/2015.
-Similar biological medicinal products
containing interferon
beta; EMA/CHMP/BMWP/652000/2010. Efectivo desde 1/09/2013.
-Similar biological medicinal products
containing monoclonal
antibodies – non-clinical and clinical issues; EMA/CHMP/BMWP/403543/2010. Efectivo desde 1/12/2012
-Similar biological medicinal products
containing recombinant
erythropoietins; EMEA/CHMP/BMWP/301636/08. Efectivo desde 1/12/2012
-Similar
biological medicinal products containing recombinant follicle-stimulating hormone;
CHMP/BMWP/671292/2010. Efectivo desde 1/09/2013
-Similar
medicinal products containing somatropin.
EMEA/CHMP/BMWP/94528/2005. Efectivo
desde 01/06/2006
En la
Unión Europea, la ley exige que las solicitudes de autorización de
comercialización de medicamentos derivados de métodos biotecnológicos
(incluidos los medicamentos biosimilares) sean evaluados de forma centralizada
por la EMA. La
revisión de EMA da lugar a un dictamen científico, que luego se envía a la
Comisión Europea, que en última instancia otorga una autorización de
comercialización a nivel de la UE.
Nota: páginas Web
utilizadas
The European medicines Agency (http://www.ema.europa.eu): Find Medicines > Human regulatory
> Overview (izda) > Biosimilars (dcha)> Scientific guidelines (http://www.ema.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/regulation/general/general_content_000408.jsp&mid=WC0b01ac058002958c)